lunes, 18 de agosto de 2008

Licencia por enfermedad

Debido a los descuentos sufridos por compañeros que se pasaron de los 30 días de licencia por enfermedad, se elevó a Directorio este problema y se aprobó la resolución 1073-08, que entre otras cosas dice:

3º.- Sustituir la redacción del Capítulo "Licencias" del Anexo de la Resolución No. 1048/07 de 19 de julio de 2007, que quedará redactado de la siguiente manera:

Licencia por enfermedad:

Todo Contratado a término tendrá derecho a una licencia remunerada en casos de enfermedad.
Se considera causal de licencia por enfermedad toda afección física o psíquica aguda o agudizada del contratado que implique la imposibilidad de concurrir a desempeñar sus tareas.
Dicha licencia será certificada por la Gerencia de Salud Ocupacional de Antel.


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La idea es agregar un nuevo medio de comunicación que no sustituye a los ya existentes. Aquí compartiremos nuestras inquietudes, dudas e intereses.