Debido a los descuentos sufridos por compañeros que se pasaron de los 30 días de licencia por enfermedad, se elevó a Directorio este problema y se aprobó la resolución 1073-08, que entre otras cosas dice:
3º.- Sustituir la redacción del Capítulo "Licencias" del Anexo de la Resolución No. 1048/07 de 19 de julio de 2007, que quedará redactado de la siguiente manera:
Licencia por enfermedad:
Todo Contratado a término tendrá derecho a una licencia remunerada en casos de enfermedad.
Se considera causal de licencia por enfermedad toda afección física o psíquica aguda o agudizada del contratado que implique la imposibilidad de concurrir a desempeñar sus tareas.
Dicha licencia será certificada por la Gerencia de Salud Ocupacional de Antel.
lunes, 18 de agosto de 2008
Bienvenidos
Les damos la bienvenida al blog de los contratados a término de SUTEL.
La idea es agregar un nuevo medio de comunicación que no sustituye a los ya existentes. Aquí compartiremos nuestras inquietudes, dudas e intereses.
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